El sistema de detracciones del IGV (SPOT) obliga al adquirente o usuario de ciertos bienes y servicios
a detraer un porcentaje del valor de la operación y depositarlo en una cuenta del Banco de la Nación a nombre del proveedor.
Con ello, se asegura el pago de tributos y se ordena el uso del crédito fiscal.
1. ¿Qué es y para qué sirve?
Es un mecanismo de retención/depósito que:
- Asegura recaudación al inmovilizar parte del pago para obligaciones con SUNAT.
- Controla el crédito fiscal: el adquirente solo lo usa si la detracción se efectuó.
- Incentiva cumplimiento del proveedor al vincular fondos con sus deudas tributarias.
Solo aplica a operaciones listadas en anexos de la normativa vigente.
2. Ámbito de aplicación
2.1 Operaciones típicas sujetas
- Venta interna de bienes y ciertos retiros/traslados de bienes.
- Servicios gravados (incluye varios servicios empresariales) y contratos de construcción.
- Transporte de bienes por vía terrestre y, en supuestos específicos, transporte público terrestre de pasajeros.
- Operaciones alcanzadas por el IVAP (arroz pilado).
2.2 Umbrales y excepciones
- Para varios bienes del Anexo 2, operaciones ≤ S/ 700 no detraen.
- Excepciones por tipo de comprobante, montos, naturaleza del servicio, u operaciones con no domiciliados, entre otras.
3. ¿Quién debe detraer?
- Adquirente/usuario del bien o servicio (regla general).
- Proveedor, si recibe el íntegro o en supuestos específicos.
- En retiro/traslado de bienes, el propietario/encargado.
- En transporte, según el caso: usuario, proveedor o transportista.
4. Momento del depósito
- Bienes/traslados: antes del retiro o según comprobante; en general, hasta el 5.º día hábil siguiente cuando paga íntegro el proveedor.
- Servicios y construcción: el usuario deposita al pago (parcial/total) o anotación en Registro de Compras (lo que ocurra primero). El proveedor, dentro del 5.º día hábil de recibir el íntegro.
- Transporte terrestre: al pago o dentro del 5.º día hábil siguiente, según quién sea el obligado.
- IVAP: antes del retiro del molino/almacén en la primera venta.
5. Porcentajes de detracción (referenciales por anexos)
- Anexo 1 – bienes (p.e. azúcar, minerales): típicamente 10%.
- Anexo 2 – bienes específicos (recursos hidrobiológicos, maíz amarillo, madera, arena/piedra):
4%–10% según bien; bienes exonerados con renta de 3.ª: 1.5%.
- Anexo 3 – servicios/contratos:
servicios empresariales y varios: 12%; arrendamiento/comisión: 10%;
construcción: 4%.
Tip: verifique siempre la versión vigente de anexos y porcentajes.
6. Sanciones por incumplimiento
Infracción | Sanción referencial |
No depositar íntegra y oportunamente | Multa del 50% del importe no depositado |
Trasladar bienes cuando el depósito era previo | 50% del monto que debió depositarse |
Usar indebidamente fondos de la cuenta | 100% del importe indebidamente usado |
Aplica gradualidad si se subsana (p.e. depósitos dentro de plazos adicionales).
SUNAT puede ejercer discrecionalidad en fases de implementación de nuevas reglas.
7. Libre disposición de fondos
7.1 Procedimiento general (trimestral)
- Solicitar en los primeros 5 días hábiles de enero, abril, julio u octubre.
- Sin deudas exigibles, domicilio habido, libros/regs. al día, sin infracciones críticas recientes.
7.2 Procedimiento especial (Anexos 1 y 2)
- Hasta dos solicitudes al mes (primeros 3 días hábiles de cada quincena).
- Se libera el saldo acumulado hasta el cierre de la quincena anterior.
8. Novedades 2025 (sector minero)
- RS 086-2025/SUNAT: ajustes del SPOT para bienes mineros metálicos (desde 1/4/2025).
- Exclusiones del SPOT para traslados de minerales (oro y no auríferos) fuera del centro de producción o desde zonas con beneficios, bajo condiciones (Cap. 26, minerales sin procesar).
- RS 121-2025/SUNAT: esas exclusiones no aplican si el traslado proviene de una venta gravada.
- RS 175-2025/SUNAT: precisiones complementarias sobre los supuestos de exclusión.
- Transición: primeros 60 días sin sanciones por las nuevas reglas en operaciones sujetas al SPOT.
9. Caso práctico
Servicio empresarial por S/ 38,000 + IGV (18%). Total: S/ 44,840. Anexo 3 → 12% de detracción.
- Detracción: 44,840 × 12% = S/ 5,380.80.
- El usuario deposita al pagar o antes de anotar en el Registro de Compras.
- El usuario podrá usar el crédito fiscal si acredita el depósito.
10. Retos y recomendaciones
Retos
- Complejidad de anexos, umbrales y excepciones.
- Cambios frecuentes (p.e. minería 2025).
- Gestión de caja: inmovilización de fondos en la cuenta.
Recomendaciones
- Actualizarse con las RS vigentes y revisar anexos antes de facturar/cotizar.
- Llevar control fino de depósitos, uso de fondos y solicitudes de libre disposición.
- Modelar flujo de caja considerando el % de detracción.
- Usar herramientas electrónicas de SUNAT y buena trazabilidad documental.
- Buscar asesoría contable/tributaria para operaciones complejas (minería, construcción, transporte).
Conclusión
El SPOT de detracciones es clave para el control del IGV. Su correcta aplicación exige identificar el tipo de operación,
confirmar el porcentaje y depositar oportunamente. En 2025 destacan cambios en traslados de minerales:
revisar exclusiones y condiciones para evitar sanciones. Una gestión rigurosa (depósitos, crédito fiscal, liberaciones y
seguimiento normativo) protege la caja y reduce riesgos tributarios.